En la actualidad, toda la enseñanza de la Formación Profesional tiene carácter dual, de modo que se desarrolla de forma compartida entre el centro docente y la empresa u organismo equiparado, FEOE (RD 659/2023, de 18 de julio). El objetivo de la Formación en Empresa (FE, a partir de ahora para simplificar), es formar al alumno en dos espacios diferenciados, empresa y centro educativo, y con la colaboración de dos sujetos: profesores del ciclo y empresa.
Este diseño, permite que el alumnado tenga un periodo formativo integrado que se desarrolla en un entorno productivo real junto a otro periodo en el que la formación se imparte en el centro educativo. Es este último, el que diseña ambas fases de formación, determinando las actividades que el alumnado desarrolla tanto en la empresa como en el centro, con el objetivo de que se adquieran las competencias recogidas en el título del ciclo. Para que el diseño permita que el alumnado adquiera las competencias del título del técnico, empresa y centro educativo han de estar en permanente contacto en cada una de las fases del proceso, desde el diseño, en la fase de formación, hasta la posterior evaluación de resultados adquiridos.
Un ciclo formativo se compone de distintos módulos. Diseñar la fase de FE pasa en primer lugar por determinar los módulos que han de ser impartidos en alternancia entre empresa y centro, así como los resultados de aprendizaje de dichos módulos que se han de alcanzar con las actividades realizadas en la empresa, y que son consensuadas por el tutor dual de la empresa y el equipo docente del alumnado, de acuerdo al plan inicial de formación y concretados en los planes individuales del alumnado.
La finalidad de la fase de formación en empresa viene recogida en el artículo 2 de la Orden del 26 de septiembre de 2025, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo que tiene por objeto regular la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, y en el Decreto 147/2025, de 17 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De manera resumida, la finalidad de la participación de las empresas en la formación de los técnicos es dar a conocer a éstos la realidad del sector productivo, sus necesidades y oportunidades, fomentar el emprendimiento y trabajar habilidades para la empleabilidad en el sector en situaciones reales. Además, de este modo se completa la adquisición de competencias profesionales con una experiencia de inserción e integración en una plantilla de personas, respetando la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
REQUISITOS DEL ALUMNADO
El alumnado debe tener cumplido los 16 años (edad mínima para trabajar).
Haber superado los resultados de aprendizaje de PRL (Prevención de Riesgos Laborales) del primer curso de los módulos que se dualicen y del módulo IPEI (Itinerario Personal para la empleabilidad).
Los que establezca la empresa de acuerdo a las normas del sector.
Tener un compromiso de participación conforme al artículo 18 de la Orden del 26 de septiembre del 2025.
REQUISITOS DE LAS EMPRESAS
Podrá participar en la FE cualquier entidad independientemente de su forma jurídica, siempre que pueda garantizar la formación y atención del alumnado (a quien designará un tutor laboral).
No puede estar incursa en procedimientos penales o laborales.
Ha de tener solvencia técnica, profesional y económica.
Compromiso de participación de acuerdo al artículo 14 de la Orden del 26 de septiembre de 2025.
La Formación en Empresa podrá hacerse en dos modalidades.
Formación en régimen general: Incluye entre el 10 y el 20% de resultados de aprendizaje y se desarrolla entre el 25 y el 35% de la duración del ciclo. En ciclos de 2000 horas (dos cursos) tendrá una duración de entre 500 y 700 horas, repartidas en los dos años salvo excepciones)
Formación en régimen intensivo: Incluye al menos el 30% de resultados de aprendizaje y se desarrolla entre el 35 y el 50% de la duración del ciclo. En ciclos de 2000 horas (dos cursos) tendrá una duración de entre 700 y 1000 horas repartidas en los dos años salvo excepciones.
En todo caso el alumnado ha de estar dado de alta en la Seguridad Social durante todos los días de su formación en la empresa, de acuerdo al calendario que se recoge en el acuerdo de colaboración entre la empresa y el centro educativo. En la modalidad de régimen general la cotización a la Seguridad Social no es responsabilidad de la empresa y no le supone coste alguno.
La distribución horaria será flexible y adaptada a las necesidades del entorno productivo, respetando los límites y requisitos establecidos en el artículo 21 de la orden del 26 de septiembre del 2025: preferiblemente en calendario escolar, con la jornada de la empresa respetando los límites de la normativa laboral (aunque se recomiendan jornadas de seis horas cuando sea posible) y entre las 6:00 y las 22:00 horas.
La formación en Empresa se podrá llevar a cabo en semanas completas o parciales y en una o varias empresas. Se hará en dos periodos, uno por año del ciclo (salvo excepciones) siempre cumpliendo los porcentajes de formación y horas para cada una de las modalidades, general e intensiva.
La asistencia a la empresa es obligatoria del mismo modo que lo es al centro educativo en enseñanzas presenciales. Las faltas serán registradas por el tutor docente en la Plataforma Séneca con la consecuente baja en la cotización a la Seguridad Social.
El alumnado tiene la obligación de comunicar al tutor laboral y al tutor docente las faltas de asistencias previstas y posteriormente a la mayor brevedad posible justificar estas y cualquier otra sobrevenida.
Un 20 % de faltas de asistencia implican la pérdida de evaluación continua, justificadas o no. Este porcentaje podrá verse disminuido si así se recoge en el Plan de Centro.
Al final de la fase de FE se generará un documento acreditativo de la asistencia del alumno a la empresa que firmarán alumno y tutor laboral. Este documento será necesario en caso de solicitud de beca por desplazamiento del alumno durante esta fase de formación.
El seguimiento de la actividad diaria de la fase de formación en la empresa se hará de manera conjunta por parte de los tutores, laboral y docente.
Desde el comienzo de la FE, el alumno será invitado a un formulario Classroom con el que podrá llevar registro diario de su actividad. Este registro será revisado por el tutor docente periódicamente y a su finalización se generará un documento que tendrá que ser firmado por el tutor laboral (reconociendo la actividad descrita) y el alumno (como autor y responsable del mismo).
Los alumnos que tengan módulos convalidados que participen en la fase de formación en la empresa podrán tenerla con la reducción de horas de formación correspondientes a dichos módulos. De igual modo, se procederá con aquellos cuya formación esté exenta por acreditación de experiencia laboral conforme a los artículos 25 y 26 de la Orden del 26 de septiembre del 2025.
El convenio de colaboración entre empresa y centro educativo será generado por el centro a través de la plataforma Séneca y una vez firmado por la persona que ostenta la dirección del centro, lo firmará quien se haya identificado como representante legal de la empresa (preferiblemente por medio de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y FP de la Junta de Andalucía) y posteriormente será registrado en Séneca. Los alumnos no pueden comenzar la fase de FE sin haberse concluido este proceso ya que el acuerdo incluye el calendario de formación que permite registrar las imprescindibles altas en la Seguridad Social para cualquier actividad formativa en empresa u organismo equiparado.
¿Qué es el seguro escolar obligatorio?
Cómo Actuar:
TRÁMITES GRAVES EN LOS QUE PELIGRE LA VIDA DEL ALUMNO
De urgencia a cualquier hospital cercano, posteriormente se gestiona su derivación.
TRÁMITES MENOS GRAVES O LEVES
Alumno menor de 28 años: tiene seguro escolar: cualquier centro sanitario público que atienda urgencias o médico de familia.
Alumno mayor de 28 años: Cubierto por póliza con Berkley, llamar al teléfono 91 737 63 42 para recibir instrucciones e indicaciones del centro sanitario en el que atenderán al accidentado.
DOCUMENTACIÓN:
Seguro de Accidentes.
Seguro de Responsabilidad Civil.
Email: formacionenempresas@iesvirgendelosreyes.es
Teléfono: 954 554 038 / 954 554 044